Política

El uso del barbijo en Salta será obligatorio en espacios cerrados y opcional al aire libre

Apertura de fronteras

La provincia espera la aprobación del protocolo para la apertura de tres corredores internacionales seguros, sujeto a autorización del jefe de Gabinete de Ministros, Juan Manzur.

Una vez aprobados y habilitados, las personas deberán presentar su carnet de vacunación completo contra COVID-19 y un exámen de PCR realizado 72 horas antes de viajar. Al ingresar a la Argentina, se realizará un test de antígeno y una prueba de PCR entre el 5º y 7º día de su arribo al país.

Los pasos habilitados, sujetos a aprobación del Gobierno nacional, serán:

· Aeropuerto Internacional Martín Miguel de Güemes.

· Paso Internacional Profesor Salvador Mazza – Yacuiba.

· Paso Internacional San Antonio de los Cobres – San Pedro de Atacama (Sico).

Esteban explicó que, durante el encuentro, el COE solicitó evaluar la posibilidad de incorporar los pasos de Aguas Blancas-Bermejo y de Misión La Paz-Pozo Hondo.

Actividades reguladas

Además de las normas de cuidado básico, como el uso de barbijo o tapaboca y el distanciamiento social, el Comité Operativo de Emergencia estableció que:

· La capacidad en lugares cerrados y ventilados: Se permite hasta un máximo del (70%) de aforo en relación con la capacidad habilitada y no pudiendo superar las mil personas, cuando se trate de actividades económicas, industriales, comerciales, de servicios, gastronómicas, culturales, artísticas, deportivas, religiosas y recreativas.

· Capacidad en lugares al aire libre: Se establece que, en lugares públicos o privados de acceso público al aire libre, todas las actividades y reuniones sociales no podrán superar las mil personas ni el 70% de aforo en relación con la capacidad máxima habilitada o disponible del lugar donde se realice, y se deberá además respetar entre personas el distanciamiento.

· Eventos Masivos de más de mil personas: En lugares públicos o privados de acceso público al aire libre, todas las actividades y eventos sociales que prevean un aforo superior a mil personas, deberán funcionar al 70% de su capacidad y contar con la autorización expresa de la Central Operativa de Control y Seguimiento (mail: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.) donde se analicen y contemplen las condiciones de higiene y seguridad, la organización, los riesgos, entre otros factores que hagan a la mayor prevención sanitaria y cumplimiento de protocolos.

Además, deberán garantizar que el 100% de las personas que asistan a los mismos, cuenten con el esquema completo de vacunación contra COVID-19 (2 dosis).

· Gastronomía: Deberán funcionar al 70% de su aforo y los asistentes tienen que estar inoculados, al menos, con la primera dosis de la vacuna contra coronavirus.

· Casinos y salas de juego: Podrán funcionar al 70% de su capacidad y la totalidad de las personas que concurran deberán contar con el esquema completo de vacunación contra COVID-19 (2 dosis).

· Locales bailables: Funcionarán con el 50% de su aforo y no deben superar las mil personas. Para la prestación del servicio, los establecimientos deben adecuar sus instalaciones para el armado de burbujas, garantizando las condiciones de higiene y seguridad y el estricto cumplimiento de las pautas generales de comportamiento.

Además, deberán garantizar que el 100% de las personas que asistan a los mismos, cuenten con el esquema completo de vacunación contra coronavirus (2 dosis).

· Salones de eventos: Funcionarán con el 70% de su aforo y no deben superar las mil personas. Los asistentes deben contar con las dos dosis de la vacuna contra COVID-19 y respetar el protocolo específico.

· Reuniones familiares y sociales en domicilio: En lugares cerrados el límite es de 20 personas y en espacios ubicados al aire libre de hasta 100 personas.

· Públicos en eventos deportivos: Deberán funcionar al 50% de su capacidad y las personas que asistan a los mismos, deben contar con el esquema completo de vacunación contra COVID-19 (2 dosis).

· Gimnasios: Pueden funcionar al 100% de su capacidad, sin restricción de capacidad. Las personas que concurran deben haber sido inoculadas con, al menos, una dosis de la vacuna contra el coronavirus.

· Catamaranes: Pueden funcionar al 100% de su capacidad, sin restricción de capacidad. Todos los pasajeros a bordo deben contar con el esquema completo de vacunación COVID-19.

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